git//law
5 créditos

Art. 33

LIF · Versión 1 de 1

Versión

Artículo 33. Cuando de conformidad con la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal se modifique la

denominación de alguna dependencia o entidad o las existentes desaparezcan, se entenderá que los ingresos

estimados para estas en la presente Ley corresponderán a las dependencias o entidades cuyas denominaciones

hayan cambiado o que absorban las facultades de aquellas que desaparezcan, según corresponda.