Artículo 11.- El Instituto deberá contar con un sistema de clasificación archivística que muestre su
fondo documental, atribuciones, funciones, valores y vigencias documentales, debiendo
mantenerlos actualizados y disponibles, para lo cual deberá generar los siguientes instrumentos:
I. Cuadro General de Clasificación Archivística, y
DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN
FECHA DE ELABORACIÓN
MES
11
AÑO
2025
PÁGINA
17
LINEAMIENTOS DE ARCHIVOS DEL
INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y GEOGRAFÍA
II. Catálogo de Disposición Documental.