Artículo 35.- Durante los meses de enero y febrero de cada año se deberá actualizar, en el MAC,
el registro de expedientes que conservan las unidades de resguardo del Instituto, con la finalidad de
controlar, localizar y facilitar su consulta.
LA · Versión 1 de 1
Artículo 35.- Durante los meses de enero y febrero de cada año se deberá actualizar, en el MAC,
el registro de expedientes que conservan las unidades de resguardo del Instituto, con la finalidad de
controlar, localizar y facilitar su consulta.