git//law
5 créditos

Art. 113

LA · Versión 1 de 1

Versión

Artículo 113.- El Instituto contará con un Comité de Valoración para analizar, valorar y dictaminar la

disposición documental de los expedientes cuyo plazo de conservación concluyó en archivo de

concentración, en apego a la legislación y normatividad vigente aplicable en la materia.

El Comité de Valoración estará integrado de la forma siguiente:

I. La persona titular de la Dirección General Adjunta de Recursos Materiales y Servicios

Generales, quien representará a la Dirección General de Administración y fungirá como

titular de la Presidencia;

II. Una persona representante de cada una de las Unidades, Direcciones Generales y de las

Coordinaciones Generales, en calidad de Vocales, salvo de quienes participen como

personas Asesoras;

III. La persona titular de la Dirección del Sistema Institucional de Archivos, quien fungirá como

titular de la Secretaría Ejecutiva y en ausencia de la persona titular de la Presidencia del

Comité de Valoración fungirá como su Suplente;

IV. Una persona representante del Órgano Interno de Control, en calidad de Asesora;

V. Una persona representante de la Dirección General de Asuntos Jurídicos, en calidad de

Asesora, y

VI. Una persona representante de la Unidad de Transparencia, en calidad de invitada

permanente.

Las personas Vocales deberán contar con un nivel mínimo de Dirección General Adjunta, las

personas Asesoras y la persona invitada permanente con un nivel mínimo de Dirección de Área. Las

personas Vocales, Asesoras e invitadas permanentes deberán ser acreditadas ante la persona titular

de la Presidencia del Comité de Valoración.

Las personas Vocales, la persona titular de la Secretaría Ejecutiva y las personas que funjan como

Asesoras e invitadas permanentes, podrán designar respectivamente a quien las supla, quien

deberá tener un rango inmediato inferior a éstas, de acuerdo con su estructura.

DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN

FECHA DE ELABORACIÓN

MES

11

AÑO

2025

PÁGINA

43

LINEAMIENTOS DE ARCHIVOS DEL

INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y GEOGRAFÍA

La persona titular de la Presidencia, las personas que funjan como Vocales y la persona titular de la

Secretaría Ejecutiva tendrán derecho a voz y voto, y las personas que funjan como Asesoras e

invitadas permanentes sólo tendrán derecho a voz.

A las sesiones del Comité de Valoración podrán asistir, como personas invitadas con derecho a voz,

pero sin voto, representantes de las áreas productoras cuya documentación sea objeto de

dictaminación de valor histórico o destino final.

El funcionamiento del Comité de Valoración deberá apegarse a lo establecido en el Manual de

Integración y Funcionamiento del Comité de Valoración Documental.