Artículo 69.- Todos los trabajadores tienen derecho a formar parte de un sindicato y a constituir
sindicatos, sin necesidad de autorización previa.
El trabajador ejercerá en todo momento de su libertad de adhesión o separación en un sindicato.
Asimismo, a nadie se le puede obligar a formar parte de un sindicato, a no formar parte de él o a
permanecer en el mismo.
La elección de las directivas sindicales se hará mediante voto personal, libre, directo y secreto de los
afiliados, previa convocatoria que se emitirá con una anticipación no menor a quince días y que se
difundirá entre todos los miembros del sindicato. El sindicato deberá notificar la convocatoria al Tribunal
Federal de Conciliación y Arbitraje con la misma anticipación, el cual podrá verificar el procedimiento de
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ARTÍCULO 123 CONSTITUCIONAL
elección por conducto de los servidores públicos o fedatarios que designe para tal efecto. Las elecciones
que no cumplan estos requisitos serán nulas.
Artículo 69 Bis.- Los sindicatos deberán gozar de adecuada protección contra todo acto de injerencia
por parte de las personas servidoras públicas en su constitución, funcionamiento, administración y libre
desarrollo de las elecciones sindicales, las condiciones de elegibilidad, la reelección y/o la destitución de
las directivas de los sindicatos. Cualquier contravención a estas disposiciones será considerada falta
administrativa grave y sancionada en los términos de la Ley General de Responsabilidades
Administrativas.
Se entenderán como acto de injerencia sindical, entre otras, las siguientes conductas:
I. Coaccionar, inducir o amenazar a personas trabajadoras o agremiadas para participar o
abstenerse de participar en eventos de campaña sindical, o para votar por una planilla,
dirigente o sindicato determinado.
II. Ejercer presión o intimidación jerárquica sobre subordinados para que expresen públicamente
su apoyo o rechazo a determinada candidatura sindical.
III. Obligar o condicionar la asistencia a actos, mítines o reuniones sindicales con fines de
proselitismo.
IV. Condicionar la prestación de servicios institucionales, apoyos, licencias o permisos laborales a
la emisión del voto o apoyo hacia una planilla sindical.
V. Ofrecer beneficios laborales, ascensos, estímulos o promociones a cambio de apoyo o voto
sindical.
VI. Negar, suspender o limitar derechos o programas internos, capacitaciones, bonos o
reconocimientos como represalia por no apoyar determinada opción sindical.
VII. Utilizar programas institucionales o apoyos sociales para inducir o coaccionar el voto sindical.
VIII. Destinar, utilizar o permitir el uso de fondos, bienes, servicios o personal institucional para
favorecer o perjudicar a determinada planilla, corriente o dirigencia sindical.
IX. Difundir propaganda, mensajes o material institucional que promueva o desacredite a una
candidatura o grupo sindical.
X. Permitir el uso de instalaciones, vehículos, redes o infraestructura pública para actos de
campaña o propaganda sindical.
XI. Proporcionar apoyo o servicios institucionales para actividades de campaña sindical.
XII. Realizar aportaciones o solicitar contribuciones a subordinados para financiar campañas o
actividades sindicales.
XIII. Usar recursos o programas institucionales con la finalidad de posicionar o promover ante la
base trabajadora a una persona servidora pública o dirigente sindical.
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XIV. Negarse sin causa justificada a entregar información solicitada por la autoridad sindical o
laboral competente, relacionada con el desarrollo de elecciones o procesos democráticos
sindicales.
XV. Omitir colaborar o prestar auxilio en los procesos de verificación, vigilancia o supervisión
sindical cuando la autoridad lo requiera.
XVI. Omitir actuar con imparcialidad durante los procesos electorales sindicales, afectando la
equidad entre candidaturas.
XVII. Actuar con parcialidad o favorecer públicamente a determinada candidatura.
XVIII. Intervenir indebidamente en la equidad del proceso sindical, alterando la neutralidad
institucional.
XIX. Utilizar su cargo para influir en la opinión de las personas trabajadoras, afectando la libertad
del voto sindical.