Artículo 82.- Los sindicatos se disolverán:
I.- Por el voto de las dos terceras partes de los miembros que los integren y
II.- Porque dejen de reunir los requisitos señalados por el
LFTSE · Versión 1 de 1
Artículo 82.- Los sindicatos se disolverán:
I.- Por el voto de las dos terceras partes de los miembros que los integren y
II.- Porque dejen de reunir los requisitos señalados por el