Artículo 184.- Por los servicios que se presten en materia de derechos de autor, se pagarán
derechos, conforme a las siguientes cuotas:
I. Recepción, examen, estudio y, en su caso, registro de cada obra literaria o artística, o de una
obra derivada o versión ....................................................................................... $337.80
II. Recepción, examen, estudio y, en su caso, registro de las características gráficas y distintivas
de cada obra ........................................................................................................ $337.80
III. Recepción, examen, estudio y, en su caso, registro de cada fonograma, videograma o
libro ...................................................................................................................... $337.80
IV. Búsqueda y expedición de cada constancia de antecedentes o datos de registro o de
inscripción ............................................................................................................ $240.49
V. Recepción, examen, estudio y, en su caso, inscripción de cada convenio o
contrato ............................................................................................................. $1,776.24
VI. Inscripción de cada poder otorgado para gestionar ante el Instituto Nacional del Derecho de
Autor, cuando la representación conferida abarque todos los asuntos del
mandante .......................................................................................................... $1,776.24
LEY FEDERAL DE DERECHOS
VII. Recepción, examen y estudio de cada acto, documento, convenio o contrato, que en
cualquier forma confiera, modifique, transmita, grave o extinga derechos patrimoniales de
autor y, en su caso, inscripción de la anotación marginal correspondiente ..... $2,662.89
VIII. Recepción, examen, estudio y, en su caso, inscripción de cada acta, documento, escritura y
estatutos de las sociedades de gestión colectiva ............................................ $2,662.89
IX. Recepción, examen, estudio y, en su caso, inscripción de cada convenio o contrato celebrado
por las sociedades de gestión colectiva ........................................................... $2,356.16
X. Inscripción de cada poder especial que se otorgue a las sociedades de gestión colectiva para
el cobro de percepciones derivadas de los derechos de autor o derechos
conexos ............................................................................................................. $1,120.32
XI. Inscripción de cada poder que autorice la gestión individual de derechos
patrimoniales .................................................................................................... $2,231.71
XII. (Se deroga).
XIII. (Se deroga).
XIV. Solicitud y dictamen de reservas de derechos al uso exclusivo de títulos de publicaciones o
difusiones periódicas ........................................................................................ $2,678.04
XV. Solicitud y dictamen de la renovación de reservas de derechos al uso exclusivo de títulos de
publicaciones o difusiones periódicas .............................................................. $1,405.75
XVI. Solicitud y dictamen de reservas de derechos al uso exclusivo de personajes ficticios o
simbólicos, personajes humanos de caracterización, nombres artísticos, denominaciones de
grupos artísticos o promociones publicitarias ................................................... $5,289.38
XVII. Solicitud y dictamen de la renovación de reservas de derechos al uso exclusivo de personajes
ficticios o simbólicos, personajes humanos de caracterización, nombres artísticos y
denominaciones de grupos artísticos ............................................................... $2,766.10
XVIII. Solicitud de análisis y búsqueda de antecedentes de títulos, nombres o denominaciones de
publicaciones o difusiones periódicas, nombres artísticos o denominaciones de grupos
artísticos ............................................................................................................... $282.46
XIX. Solicitud de análisis y búsqueda de antecedentes de nombres y características de personajes
humanos de caracterización, personajes ficticios o simbólicos, o promociones
publicitarias .......................................................................................................... $455.42
LEY FEDERAL DE DERECHOS
XX. Solicitud y dictamen de anotaciones marginales en los expedientes de reservas de derechos
al uso exclusivo ................................................................................................ $1,405.75
XXI. Respecto del Número Internacional Normalizado del Libro (ISBN):
a). Por el otorgamiento del ISBN .................................................................. $290.10
b). Por la expedición de cada certificado o constancia ................................ $209.39
No se pagarán los derechos a que se refiere esta fracción cuando se trate de reproducciones
en cualquier formato, siempre que se realicen sin fines de lucro y con el objeto exclusivo de
hacerlas accesibles a las personas con discapacidad, así como la reproducción de obras en
cualquier formato, que sean escritas en las lenguas indígenas nacionales consideradas en el
catálogo a que hace referencia la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos
Indígenas, siempre que sea sin fines de lucro y con el objeto de divulgación y preservación de
las mismas.
XXII. (Se deroga).
XXIII. (Se deroga).
XXIV. Recepción, examen, estudio y, en su caso, inscripción de la anotación marginal
correspondiente, de cualquier acto o instrumento que tenga por efecto la revocación del poder
otorgado, previamente inscrito ......................................................................... $2,486.75
XXV. Solicitud, dictamen y, en su caso, expedición de la autorización de apoderado para la gestión
individual de derechos patrimoniales ............................................................... $2,620.33
XXVI. Solicitud de práctica de visita de inspección a establecimientos comerciales a petición de
parte .................................................................................................................. $1,051.60
XXVII. Por la expedición de cada certificado o constancia relacionados con el Número Internacional
Normalizado para Publicaciones Periódicas (ISSN) ........................................... $209.39
No se pagará el derecho por registro de obras a que se refiere este artículo, cuando se trate de libros
de texto editados por la Federación, las entidades federativas, los municipios o por sus organismos
descentralizados.
Para los efectos de la aplicación de lo señalado en la fracción V de este artículo, cuando se presenten
para examen, estudio y, en su caso, inscripción, contratos impresos en los cuales no exista variación en
sus cláusulas y se trate de un mismo contratante, se pagará íntegro el derecho correspondiente al primer
contrato y se reducirá en un 50% la cuota del derecho correspondiente sobre los sucesivos.
LEY FEDERAL DE DERECHOS
Los ingresos que se obtengan por la recaudación de los derechos previstos en este artículo se
destinarán al Instituto Nacional del Derecho de Autor para la operación, mantenimiento, conservación,
administración e inversión necesarios para la prestación de servicios en materia de derechos de autor.
Sección Tercera
Registro y Ejercicio Profesional