Artículo 9o. Por la recepción y estudio de la solicitud y, en su caso, la autorización del cambio de
condición de estancia se pagará el derecho conforme a la cuota de ................................. $1,702.39
LEY FEDERAL DE DERECHOS
El pago a que se refiere este artículo será sin perjuicio del derecho que corresponda por el
otorgamiento de la nueva condición de estancia a adquirir en términos del artículo 8o. de esta Ley.