Artículo 47.- En los casos de reexpedición de mercancías para despacho en una aduana interior,
corresponde a ésta ajustar y cobrar todos los derechos de almacenaje.
LFD · Versión 1 de 1
Artículo 47.- En los casos de reexpedición de mercancías para despacho en una aduana interior,
corresponde a ésta ajustar y cobrar todos los derechos de almacenaje.