git//law
5 créditos

Art. 262

LFD · Versión 1 de 1

Versión

Artículo 262. Están obligadas a pagar los derechos sobre minería que establece este Capítulo todas

las personas físicas o morales titulares de una concesión o que desarrollen trabajos relacionados con la

exploración o explotación de sustancias o minerales sujetos a la aplicación de la Ley Minera.

Historial de reformas
26 dic 1990
  • Artículo reformado DOF 26-12-1990, 18-12-1992, 12-12-2011