LISRReformado · 18 nov 2021
Art. 34
LISR · Versión 2 de 2
Versión
d0fbv1 → v2+6−3
1 Artículo 34. Los por cientos máximos autorizados, tratándose de activos fijos por tipo de bien son los
2 siguientes:
3 I. Tratándose de construcciones:
4 a) 10% para inmuebles declarados como monumentos arqueológicos, artísticos, históricos o
5 patrimoniales, conforme a la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos,
6 Artísticos e Históricos, que cuenten con el certificado de restauración expedido por el
7 Instituto Nacional de Antropología e Historia o el Instituto Nacional de Bellas Artes.
8-b) 5% en los demás casos.
8+b) 5% en los demás casos, incluyendo las instalaciones, adiciones, reparaciones, mejoras,
9+adaptaciones, así como cualquier otra construcción que se realice en un lote minero de
10+conformidad con el artículo 12 de la Ley Minera.
11 II. Tratándose de ferrocarriles:
12 a) 3% para bombas de suministro de combustible a trenes.
13 b) 5% para vías férreas.
14 c) 6% para carros de ferrocarril, locomotoras, armones y autoarmones.
15-LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
15 d) 7% para maquinaria niveladora de vías, desclavadoras, esmeriles para vías, gatos de
16 motor para levantar la vía, removedora, insertadora y taladradora de durmientes.
17 e) 10% para el equipo de comunicación, señalización y telemando.
18 III. 10% para mobiliario y equipo de oficina.
19+LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
20 IV. 6% para embarcaciones.
21 V. Tratándose de aviones:
22 a) 25% para los dedicados a la aerofumigación agrícola.
23 b) 10% para los demás.
24 VI. 25% para automóviles, autobuses, camiones de carga, tractocamiones, montacargas y
25 remolques.
26 VII. 30% para computadoras personales de escritorio y portátiles; servidores; impresoras, lectores
27 ópticos, graficadores, lectores de código de barras, digitalizadores, unidades de
28 almacenamiento externo y concentradores de redes de cómputo.
29 VIII. 35% para dados, troqueles, moldes, matrices y herramental.
30 IX. 100% para semovientes y vegetales.
31 X. Tratándose de comunicaciones telefónicas:
32 a) 5% para torres de transmisión y cables, excepto los de fibra óptica.
33 b) 8% para sistemas de radio, incluyendo equipo de transmisión y manejo que utiliza el
34 espectro radioeléctrico, tales como el de radiotransmisión de microonda digital o
35 analógica, torres de microondas y guías de onda.
36 c) 10% para equipo utilizado en la transmisión, tales como circuitos de la planta interna que
37 no forman parte de la conmutación y cuyas funciones se enfocan hacia las troncales que
38 llegan a la central telefónica, incluye multiplexores, equipos concentradores y ruteadores.
39 d) 25% para equipo de la central telefónica destinado a la conmutación de llamadas de
40 tecnología distinta a la electromecánica.
41 e) 10% para los demás.
42 XI. Tratándose de comunicaciones satelitales:
43 a) 8% para el segmento satelital en el espacio, incluyendo el cuerpo principal del satélite,
44 los transpondedores, las antenas para la transmisión y recepción de comunicaciones
45 digitales y análogas, y el equipo de monitoreo en el satélite.
46 b) 10% para el equipo satelital en tierra, incluyendo las antenas para la transmisión y
47 recepción de comunicaciones digitales y análogas y el equipo para el monitoreo del
48 satélite.
49-LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
49 XII. 100% para adaptaciones que se realicen a instalaciones que impliquen adiciones o mejoras al
50 activo fijo, siempre que dichas adaptaciones tengan como finalidad facilitar a las personas con
51 discapacidad a que se refiere el artículo 186 de esta Ley, el acceso y uso de las instalaciones
52 del contribuyente.
53 XIII. 100% para maquinaria y equipo para la generación de energía proveniente de fuentes
54 renovables o de sistemas de cogeneración de electricidad eficiente.
55+LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
56 Para los efectos del párrafo anterior, son fuentes renovables aquéllas que por su naturaleza o
57 mediante un aprovechamiento adecuado se consideran inagotables, tales como la energía
58 solar en todas sus formas; la energía eólica; la energía hidráulica tanto cinética como
59 potencial, de cualquier cuerpo de agua natural o artificial; la energía de los océanos en sus
60 distintas formas; la energía geotérmica, y la energía proveniente de la biomasa o de los
61 residuos. Asimismo, se considera generación la conversión sucesiva de la energía de las
62 fuentes renovables en otras formas de energía.
63 Lo dispuesto en esta fracción será aplicable siempre que la maquinaria y equipo se
64 encuentren en operación o funcionamiento durante un periodo mínimo de 5 años inmediatos
65 siguientes al ejercicio en el que se efectúe la deducción, salvo en los casos a que se refiere el
66 artículo 37 de esta Ley. Los contribuyentes que incumplan con el plazo mínimo establecido en
67 este párrafo, deberán cubrir, en su caso, el impuesto correspondiente por la diferencia que
68 resulte entre el monto deducido conforme a esta fracción y el monto que se debió deducir en
69 cada ejercicio en los términos de este artículo o del artículo 35 de esta Ley, de no haberse
70 aplicado la deducción del 100%. Para estos efectos, el contribuyente deberá presentar
71 declaraciones complementarias por cada uno de los ejercicios correspondientes, a más tardar
72 dentro del mes siguiente a aquél en el que se incumpla con el plazo establecido en esta
73 fracción, debiendo cubrir los recargos y la actualización correspondiente, desde la fecha en la
74 que se efectuó la deducción y hasta el último día en el que operó o funcionó la maquinaria y
75 equipo.
76 XIV. 25% para bicicletas convencionales, bicicletas y motocicletas cuya propulsión sea a través de
77 baterías eléctricas recargables.
78+XV. 5% para el derecho de usufructo constituido sobre un bien inmueble.
Historial de reformas
30 nov 2016
- Fracción adicionada DOF 30-11-2016
12 nov 2021
- Inciso reformado DOF 12-11-2021
- Fracción adicionada DOF 12-11-2021
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