LISRReformado · 18 nov 2021
Art. 82
LISR · Versión 2 de 2
Versión
d134v1 → v2+34−27
1 Artículo 82. Las personas morales con fines no lucrativos a que se refieren las fracciones VI, X, XI,
2 XII, XIX, XX y XXV del artículo 79 de esta Ley, deberán cumplir con lo siguiente para ser consideradas
3 como instituciones autorizadas para recibir donativos deducibles en los términos de esta Ley.
4-LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
4 I. Que se constituyan y funcionen exclusivamente como entidades que se dediquen a cualquiera
5 de los fines a que se refieren las fracciones VI, X, XI, XII, XIX, XX y XXV del artículo 79 de
6 esta Ley y que, de conformidad con las reglas de carácter general que al efecto expida el
7 Servicio de Administración Tributaria, una parte sustancial de sus ingresos la reciban de
8+LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
9 fondos proporcionados por la Federación, entidades federativas o municipios, de donativos o
10 de aquellos ingresos derivados de la realización de su objeto social. Tratándose de aquellas
11 entidades a cuyo favor se emita una autorización para recibir donativos deducibles en el
12 extranjero conforme a los tratados internacionales, además de cumplir con lo anterior, no
13 podrán recibir ingresos en cantidades excesivas por concepto de arrendamiento, intereses,
14 dividendos o regalías o por actividades no relacionadas con su objeto social.
15 II. Que las actividades que desarrollen tengan como finalidad primordial el cumplimiento de su
16 objeto social, sin que puedan intervenir en campañas políticas o involucrarse en actividades
17 de propaganda.
18 III. Las personas a que se refiere este artículo podrán realizar actividades destinadas a influir en
19 la legislación, siempre que dichas actividades no sean remuneradas y no se realicen en favor
20 de personas o sectores que les hayan otorgado donativos y además, proporcionen al Servicio
21 de Administración Tributaria la siguiente información:
22 a) La materia objeto de estudio.
23 b) La legislación que se pretende promover.
24 c) Los legisladores con quienes se realice las actividades de promoción.
25 d) El sector social, industrial o rama de la actividad económica que se beneficiaría con la
26 propuesta.
27 e) Los materiales, datos o información que aporten a los órganos legislativos, claramente
28 identificables en cuanto a su origen y autoría.
29 f) Las conclusiones.
30 g) Cualquier otra información relacionada que determine el Servicio de Administración
31 Tributaria mediante reglas de carácter general.
32-IV. Que destinen sus activos exclusivamente a los fines propios de su objeto social, no pudiendo
32-otorgar beneficios sobre el remanente distribuible a persona física alguna o a sus integrantes
32-personas físicas o morales, salvo que se trate, en este último caso, de alguna de las personas
32-morales o fideicomisos autorizados para recibir donativos deducibles de impuestos o se trate
32-de la remuneración de servicios efectivamente recibidos.
32+IV. Que destinen sus activos exclusivamente a los fines propios de su objeto social, por el cual
33+hayan sido autorizadas para recibir donativos deducibles del impuesto sobre la renta, no
34+pudiendo otorgar beneficios sobre el remanente distribuible a persona física alguna o a sus
35+integrantes personas físicas o morales, salvo que se trate, en este último caso, de alguna de
36+las personas morales o fideicomisos autorizados para recibir donativos deducibles de
37+impuestos o se trate de la remuneración de servicios efectivamente recibidos.
38 V. Que al momento de su liquidación o cambio de residencia para efectos fiscales, destinen la
39 totalidad de su patrimonio a entidades autorizadas para recibir donativos deducibles.
40 En los casos de revocación de la autorización o cuando su vigencia haya concluido y no se
41-haya obtenido nuevamente o renovado la misma dentro de los doce meses siguientes a la
41-fecha en que surta efectos la notificación correspondiente, se deberá acreditar que los
41-donativos recibidos fueron utilizados para los fines propios de su objeto social. Respecto de
41-los donativos que no fueron destinados para esos fines, los deberán destinar a otras
41-entidades autorizadas para recibir donativos deducibles.
41+haya obtenido nuevamente o renovado la misma, dentro de los doce meses siguientes a la
42+fecha en que ocurran dichos eventos, se deberá destinar la totalidad de su patrimonio a otras
43+entidades autorizadas para recibir donativos deducibles del impuesto sobre la renta quienes
44+deberán emitir el comprobante fiscal correspondiente por concepto de donativo, el cual no
45+será deducible para efectos del impuesto sobre la renta.
46 LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
47-Las personas morales a que se refiere el párrafo anterior que continúen realizando sus
47-actividades como instituciones organizadas sin fines de lucro, mantendrán los activos que
47-integran su patrimonio para realizar dichas actividades y tributarán en los términos y
47-condiciones establecidos en este Título para las no donatarias. Los recursos que se deban
47-destinar a otras donatarias autorizadas deberán ser transmitidos dentro de los 6 meses
47-siguientes contados a partir de que concluyó el plazo para obtener nuevamente la autorización
47-cuando fue revocada o la renovación de la misma en el caso de conclusión de su vigencia.
47+Las personas morales a que se refiere el párrafo anterior tributarán en los términos y
48+condiciones establecidos en el Título II de esta Ley. Los recursos que se deban destinar a
49+otras donatarias autorizadas deberán ser transmitidos dentro del plazo de 6 meses contados a
50+partir de que concluyó el plazo para obtener nuevamente la autorización cuando fue revocada
51+o de la conclusión de la vigencia de la autorización.
52+Lo dispuesto en el párrafo anterior también será aplicable en caso de que a una donataria
53+autorizada se le apruebe su solicitud de cancelación de su autorización, quien deberá destinar
54+todo su patrimonio a otra donataria autorizada para recibir donativos deducibles del impuesto
55+sobre la renta y ésta última deberá emitir el comprobante fiscal correspondiente por concepto
56+de donativo, el cual no será deducible para efectos del impuesto sobre la renta.
57 VI. Mantener a disposición del público en general la información relativa a la autorización para
58-recibir donativos, al uso y destino que se haya dado a los donativos recibidos, así como al
58-cumplimiento de sus obligaciones fiscales, y en su caso, la información a que se refiere la
58-fracción II de este artículo, por el plazo y en los términos que mediante reglas de carácter
58-general fije el Servicio de Administración Tributaria.
58+recibir donativos, al uso y destino que se haya dado a los donativos recibidos y su patrimonio,
59+así como al cumplimiento de sus obligaciones fiscales, y en su caso, la información a que se
60+refiere la fracción II de este artículo, por el plazo y en los términos que mediante reglas de
61+carácter general fije el Servicio de Administración Tributaria.
62 En los casos en que a las personas morales con fines no lucrativos o a los fideicomisos se les
63 haya revocado o no se les haya renovado la autorización para recibir donativos derivado del
64-incumplimiento de la obligación de poner a disposición del público en general la información
64-relativa al uso o destino de los donativos recibidos a que se refiere el párrafo anterior, sólo
64-estarán en posibilidad de obtener una nueva autorización si cumplen con la citada obligación
64-omitida, previamente a la obtención de la nueva autorización.
64+incumplimiento de la obligación de poner a disposición del público en general la información a
65+que se refiere el párrafo anterior, deberán cumplir con la obligación a que se refiere dicho
66+párrafo dentro del mes siguiente a aquel en que surtió efectos la notificación de la revocación
67+o a aquél en el que se haya publicado la no renovación de la autorización, a través de los
68+medios y formatos establecidos en las disposiciones de carácter general que para tal efecto
69+emita la autoridad fiscal, y solo estarán en posibilidad de obtener una nueva autorización una
70+vez que cumplan con la obligación omitida.
71 VII. Informar a las autoridades fiscales, a través de los medios y formatos electrónicos, que señale
72 el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas de carácter general, a más tardar el
73 día 17 del mes inmediato posterior a aquel en el que se realice la operación, de los donativos
74 recibidos en efectivo en moneda nacional o extranjera, así como en piezas de oro o de plata,
75 cuyo monto sea superior a cien mil pesos.
76 La información a que se refiere esta fracción estará a disposición de la Secretaría de
77 Hacienda y Crédito Público, en los términos del segundo párrafo del artículo 69 del Código
78 Fiscal de la Federación.
79 VIII. Informar a las autoridades fiscales, en los términos que señale el Servicio de Administración
80 Tributaria mediante reglas de carácter general, de las operaciones que celebren con partes
81 relacionadas y de los servicios que reciban o de los bienes que adquieran, de personas que
82 les hayan otorgado donativos deducibles en los términos de esta Ley.
83 IX. Que cuenten con las estructuras y procesos de un gobierno corporativo, para la dirección y el
84 control de la persona moral, de conformidad con las reglas de carácter general que emita el
85 Servicio de Administración Tributaria.
86+LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
87 Lo dispuesto en esta fracción sólo será aplicable tratándose de personas morales con fines no
88 lucrativos con ingresos totales anuales de más de 100 millones de pesos o que tengan un
89 patrimonio de más de 500 millones de pesos.
90 Los requisitos a que se refieren las fracciones IV y V de este artículo, deberán constar en la escritura
91 constitutiva de la persona moral de que se trate con el carácter de irrevocable.
92-LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
92 En todos los casos, las donatarias autorizadas deberán cumplir con los requisitos de control
93 administrativo y de transparencia, que al efecto establezcan el Reglamento de esta Ley y las reglas de
94 carácter general que al efecto emita el Servicio de Administración Tributaria.
95 El Servicio de Administración Tributaria podrá revocar o no renovar las autorizaciones para recibir
96 donativos deducibles en los términos de esta Ley, a las entidades que incumplan los requisitos o las
97 obligaciones que en su carácter de donatarias autorizadas deban cumplir conforme a las disposiciones
98 fiscales, mediante resolución notificada personalmente. Dicho órgano desconcentrado publicará los datos
99 de tales entidades en el Diario Oficial de la Federación y en su página de Internet.
100 Para los efectos del párrafo anterior, tratándose de las personas a las que se refieren los artículos 79,
101 fracciones VI, X, XII y XXV, y 84 de esta Ley, salvo las instituciones de asistencia o de beneficencia
102 autorizadas por las leyes de la materia, a las que se les revoque o no se les renueve la autorización, a
103 partir de que surta sus efectos la notificación de la resolución correspondiente y con motivo de ésta,
104 podrán entregar donativos a donatarias autorizadas sin que les sea aplicable el límite establecido por el
105 artículo 27, fracción I, último párrafo de esta Ley durante el ejercicio en el que se les revoque o no se les
106 renueve la autorización.
107 Las fundaciones, patronatos y demás entidades cuyo propósito sea apoyar económicamente las
108 actividades de personas morales autorizadas para recibir donativos deducibles en los términos de esta
109 Ley, podrán obtener donativos deducibles, siempre que cumplan con los siguientes requisitos:
110 a) Destinen la totalidad de sus ingresos a los fines para los que fueron creadas.
111 b) Los establecidos en este artículo, salvo lo dispuesto en su fracción I.
112 El requisito a que se refiere el inciso a) del párrafo anterior deberá constar en la escritura constitutiva
113 de la persona moral de que se trate con el carácter de irrevocable.
Historial de reformas
30 nov 2016
- Fracción reformada DOF 30-11-2016
- Fracción reformada DOF 30-11-2016, 08-12-2020
- Fracción adicionada DOF 30-11-2016
8 dic 2020
- Fracción reformada DOF 08-12-2020
- Párrafo reformado DOF 08-12-2020
- Párrafo adicionado DOF 08-12-2020
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