Artículo 26. La Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional Anticorrupción, llevará el sistema de
evolución patrimonial, de declaración de intereses y constancia de presentación de declaración fiscal, a
través de la Plataforma digital nacional que al efecto se establezca, de conformidad con lo previsto en la
Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, así como las bases, principios y lineamientos que
apruebe el Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción.