Artículo 244.- El delito de falsificación de documentos se comete por alguno de los medios siguientes:
I.- Poniendo una firma o rúbrica falsa, aunque sea imaginaria, o alterando una verdadera;
II.- Aprovechando indebidamente una firma o rúbrica en blanco ajena, extendiendo una obligación,
liberación o cualquier otro documento que pueda comprometer los bienes, la honra, la persona
o la reputación de otro, o causar un perjuicio a la sociedad, al Estado o a un tercero;
III.- Alterando el contexto de un documento verdadero, después de concluido y firmado, si esto
cambiare su sentido sobre alguna circunstancia o punto substancial, ya se haga añadiendo,
enmendando o borrando, en todo o en parte, una o más palabras o cláusulas, o ya variando la
puntuación;
IV.- Variando la fecha o cualquiera otra circunstancia relativa al tiempo de la ejecución del acto que
se exprese en el documento;
V.- Atribuyéndose el que extiende el documento, o atribuyendo a la persona en cuyo nombre lo
hace: un nombre o una investidura, calidad o circunstancia que no tenga y que sea necesaria
para la validez del acto;
VI.- Redactando un documento en términos que cambien la convención celebrada en otra diversa
en que varíen la declaración o disposición del otorgante, las obligaciones que se propuso
contraer, o los derechos que debió adquirir;
VII.- Añadiendo o alterando cláusulas o declaraciones, o asentando como ciertos hechos falsos, o
como confesados los que no lo están, si el documento en que se asientan, se extendiere para
hacerlos constar y como prueba de ellos;
VIII.- Expidiendo un testimonio supuesto de documentos que no existen; dándolo de otro existente
que carece de los requisitos legales, suponiendo falsamente que los tiene; o de otro que no
carece de ellos, pero agregando o suprimiendo en la copia algo que importe una variación
substancia, y
IX.- Alterando un perito traductor o paleógrafo el contenido de un documento, al traducirlo o
descifrarlo.
CÓDIGO PENAL FEDERAL
X.- Elaborando placas, gafetes, distintivos, documentos o cualquier otra identificación oficial, sin
contar con la autorización de la autoridad correspondiente.