git//law
5 créditos

Art. 66

CPF · Versión 1 de 1

Versión

Artículo 66.- En caso de que el error a que se refiere el inciso a) de la fracción VIII del artículo 15 sea

vencible, se impondrá la punibilidad del delito culposo si el hecho de que se trata admite dicha forma de

realización. Si el error vencible es el previsto en el inciso b) de dicha fracción, la pena será de hasta una

tercera parte del delito que se trate.

CAPITULO V

Tratamiento de inimputables y de quienes tengan el hábito o la necesidad de consumir

estupefacientes o psicotrópicos, en internamiento o en libertad

Denominación del Capítulo reformada DOF 13-01-1984, 10-01-1986

Historial de reformas
31 ago 1931
  • Fe de erratas al artículo DOF 31-08-1931. Reformado DOF 12-05-1938, 24-03-1944, 05-01-1948, 10-01-1994
12 may 1938
  • Fe de erratas al artículo DOF 31-08-1931. Reformado DOF 12-05-1938, 24-03-1944, 05-01-1948, 10-01-1994