git//law
5 créditos

Art. 320

CNPP · Versión 1 de 1

Versión

Artículo 320. Valor de las actuaciones

Los antecedentes de la investigación y elementos de convicción aportados y desahogados, en su

caso, en la audiencia de vinculación a proceso, que sirvan como base para el dictado del auto de

vinculación a proceso y de las medidas cautelares, carecen de valor probatorio para fundar la sentencia,

salvo las excepciones expresas previstas por este Código.

Historial de reformas
17 jun 2016
  • Artículo reformado DOF 17-06-2016