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Art. 403

CNPP · Versión 1 de 1

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Artículo 403. Requisitos de la sentencia

La sentencia contendrá:

I. La mención del Tribunal de enjuiciamiento y el nombre del Juez o los Jueces que lo integran;

II. La fecha en que se dicta;

III. Identificación del acusado y la víctima u ofendido;

IV. La enunciación de los hechos y de las circunstancias o elementos que hayan sido objeto de la

acusación y, en su caso, los daños y perjuicios reclamados, la pretensión reparatoria y las

defensas del imputado;

V. Una breve y sucinta descripción del contenido de la prueba;

VI. La valoración de los medios de prueba que fundamenten las conclusiones alcanzadas por el

Tribunal de enjuiciamiento;

VII. Las razones que sirvieren para fundar la resolución;

VIII. La determinación y exposición clara, lógica y completa de cada uno de los hechos y

circunstancias que se consideren probados y de la valoración de las pruebas que fundamenten

dichas conclusiones;

IX. Los resolutivos de absolución o condena en los que, en su caso, el Tribunal de enjuiciamiento

se pronuncie sobre la reparación del daño y fije el monto de las indemnizaciones

correspondientes, y

X. La firma del Juez o de los integrantes del Tribunal de enjuiciamiento.

CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES