Artículo 403. Requisitos de la sentencia
La sentencia contendrá:
I. La mención del Tribunal de enjuiciamiento y el nombre del Juez o los Jueces que lo integran;
II. La fecha en que se dicta;
III. Identificación del acusado y la víctima u ofendido;
IV. La enunciación de los hechos y de las circunstancias o elementos que hayan sido objeto de la
acusación y, en su caso, los daños y perjuicios reclamados, la pretensión reparatoria y las
defensas del imputado;
V. Una breve y sucinta descripción del contenido de la prueba;
VI. La valoración de los medios de prueba que fundamenten las conclusiones alcanzadas por el
Tribunal de enjuiciamiento;
VII. Las razones que sirvieren para fundar la resolución;
VIII. La determinación y exposición clara, lógica y completa de cada uno de los hechos y
circunstancias que se consideren probados y de la valoración de las pruebas que fundamenten
dichas conclusiones;
IX. Los resolutivos de absolución o condena en los que, en su caso, el Tribunal de enjuiciamiento
se pronuncie sobre la reparación del daño y fije el monto de las indemnizaciones
correspondientes, y
X. La firma del Juez o de los integrantes del Tribunal de enjuiciamiento.
CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES