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Art. 424

CNPP · Versión 1 de 1

Versión

Artículo 424. Formas de terminación anticipada

Durante el proceso, para determinar la responsabilidad penal de las personas jurídicas a que se

refiere este Capítulo, se podrán aplicar las soluciones alternas y las formas anticipadas de terminación

del proceso y, en lo conducente los procedimientos especiales previstos en este Código.

Historial de reformas
17 jun 2016
  • Artículo reformado DOF 17-06-2016