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Art. 468

CNPP · Versión 1 de 1

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Artículo 468. Resoluciones del Tribunal de enjuiciamiento apelables

Serán apelables las siguientes resoluciones emitidas por el Tribunal de enjuiciamiento:

I. Las que versen sobre el desistimiento de la acción penal por el Ministerio Público;

II. La sentencia definitiva en relación a aquellas consideraciones contenidas en la misma, distintas

a la valoración de la prueba siempre y cuando no comprometan el principio de inmediación, o

bien aquellos actos que impliquen una violación grave del debido proceso.