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Art. 107

LFPPI · Versión 1 de 1

Versión

Artículo 107.- La publicación de una solicitud de patente tendrá lugar una vez aprobado el examen de

forma y después del vencimiento del plazo de 18 meses, contado a partir de la fecha de la presentación

o, en su caso, de la prioridad reclamada.

La publicación de una solicitud divisional de patente se realizará una vez aprobado el examen de

forma y después del vencimiento del plazo de 18 meses, contado a partir de la fecha de la presentación

de la solicitud inicial o, en su caso, de la prioridad reclamada.

La persona solicitante podrá pedir que su solicitud se publique en cualquier momento, antes del

vencimiento del plazo de 18 meses a que se refieren los párrafos anteriores, siempre y cuando la

solicitud haya aprobado el examen de forma y se exhiba el comprobante del pago de la tarifa

correspondiente.

Con la finalidad de agilizar la tramitación de una solicitud de patente, una vez aprobado el examen de

forma, el Instituto informará a la persona solicitante la posibilidad de iniciar el trámite de publicación

anticipada.

Una vez publicada la solicitud de patente, el Instituto iniciará el examen de fondo previsto en el

artículo 110 de esta Ley.

Las solicitudes que hayan sido desechadas, abandonadas, retiradas o desistidas durante la etapa de

examen de forma, no serán objeto de la publicación a que se refiere el presente artículo.

Historial de reformas
3 abr 2026
  • Artículo reformado DOF 03-04-2026