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Art. 82

LFPPI · Versión 1 de 1

Versión

Artículo 82.- La explotación de los diseños industriales y la limitación de los derechos que confiere su

registro a la persona titular se regirán, en lo conducente, por lo dispuesto en los artículos 55 último

párrafo, 56 y 57 de esta Ley.

Capítulo V

De los Esquemas de Trazado de Circuitos Integrados

Historial de reformas
3 abr 2026
  • Artículo reformado DOF 03-04-2026