Artículo 63.- El derecho exclusivo de explotación del modelo de utilidad protegido confiere a su titular
el derecho de impedir a otras personas que fabriquen, usen, vendan, ofrezcan en venta o importen el
mismo, sin su consentimiento.
LFPPI · Versión 1 de 1
Artículo 63.- El derecho exclusivo de explotación del modelo de utilidad protegido confiere a su titular
el derecho de impedir a otras personas que fabriquen, usen, vendan, ofrezcan en venta o importen el
mismo, sin su consentimiento.